Me dirijo a Vds. como presidenta de la Comisión de Malos Tratos de la Asociación interregional "Contra el Maltrato Animal Tolerancia Cero" (ACMAT-CERO), con domicilio social en El Burgo de Osma (Soria) para poner en su conocimiento lo siguiente:
Esta Comisión ha tenido conocimiento, a principios del corriente año y por nota de prensa, de los acontecimientos ocurridos durante el pasado año 2009 en el municipio llamado O Carballiño, de Ourense. A raíz de lo cual, la Comisión ha entrado a estudiar el asunto, contactando con las asociaciones de protección animal que intervinieron en el asunto y consultando hasta catorce (14) artículos de prensa de distintos periódicos de la región.
El detonante de las noticias fue el hallazgo de una fosa donde se amontonaban, al aire libre, numerosos cadáveres de perros, en diferente estado de putrefacción, desde restos antiguos hasta restos recientes o muy recientes, algunos con sangre y tapados con una ligera capa de cal. Existe una fotografía publicada en los medios donde se aprecia el hallazgo. Según las asociaciones de la zona, habrían desaparecido de la perrera hasta el 50% de los perros que estaban acogidos en ella en el momento en que elAyuntamiento de O Carballiño (retirando la concesión de gestión de la perrera a una asociación que la desempeñó durante ocho años) se hizo cargo directamente de la gestión de la perrera, a principios de enero de 2009, siendo la fecha de este descubrimiento la del 3 de marzo de 2009. Lo que implica que en dos meses, la perrera procedió a hacer desaparecer una cantidad aproximada de 125 perros, de los que 76 se encontraban en dicha fosa (inspección ocular del Seprona) que fue sepultada y concienzudamentetapada en el curso de esa misma noche, sin haberse dado lugar a inspección veterinaria y necropsia alguna. Dado que la perrera está gestionada por el propioAyuntamiento, cabe suponer por obvias razones que la orden de "taponamiento" de la fosa procedió del mismo Ayuntamiento.
Un cálculo fácil indica que la desaparición de los animales o fue sistemática, a razón de más de dos de ellos matados cada día durante dos meses, o tuvo lugar en masacres sucesivas y colectivas. La perrera, a pesar de estar gestionada por un consistorio público, ni tenía licencia de apertura, ni estaba registrada como núcleo zoológico, como es obligación legal, ni tenía sala de curas ni almacén congelador, ni -al menos en ciertas épocas- agua corriente e incluso electricidad. Por informaciones de las asociaciones de zona que lo han investigado, igualmente resulta que no tenían veterinario empleado, y los veterinarios de la zona intervenían esporádicamente y nunca como obliga la ley, en las muertes provocadas a los animales. Respecto de los cuales, como dato añadido, no quedaban vivos ni hembras ni crías, lo cual avala aún más la apariencia de haberse tratado presuntamente de una masacre planeada friamente y cruelmente ejecutada.
Cuando este suceso se descubrió, en el Ayuntamiento ya se había aprobado por unanimidad la creación de una Comisión de investigación sobre el estado de la perrera (donde debieron haberse realizado importantes inversiones hasta finales de 2008). A pesar de ello, y de haberse señalado día para ponerla en marcha, y a pesar de las reiteradas peticiones de las asociaciones y de algún representante político, nunca en todo el año 2009 se iniciaron los trabajos de dicha Comisión.
A petición de las asociaciones de la zona, el pasado año intervino el Valedor do Pobo, que se dirigió determinadas veces en petición de informes al Ayuntamiento, que no le contestó hasta una sola vez y mucho después. No conocemos su informe, pero sí la opinión de una de las asociaciones de la zona que lo califica de "demoledor" sobre la situación de la perrera.
Al parecer alguna delegación técnica de la Xunta visitó la perrera pero, igualmente, nada se sabe acerca de ello aunque la impresión generalizada es que se revisaba el estado material de la perrera, sin entrar a consideraciones éticas de ninguna clase sobre la matanza de referencia.
En su consecuencia: Conforme expresa el Tratado de Lisboa, "la Unión y los Estados Miembros, ya que los animales son seres sensibles, deben tener en cuenta plenamente los requisitos de bienestar de los animales..."- Y La Ley 1/93 de protección de los animales domésticos y salvajes en cautividad, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia establece:
Preámbulo: "La falta de una legislación actualizada e integradora sobre la protección y defensa de los animales que viven en el entorno humano, que recoja los principios generales de respeto, protección y defensa a los seres vivos que conviven a nuestro alrededor, tal como figuran en los convenios y tratados internacionales y en la normativa de los países socialmente más avanzados, determina la oportunidad de aprobar una ley en... Galicia que tenga como objetivo su amparo y salvaguarda, adoptando una postura activa ante conductas que comporten abuso de los animales".
Art. 11: 2) Si el animal no está identificado se retendrá por un plazo de veinte días, transcurrido el cual los centros de recogida podrán darle el destino más conveniente, y sólo en último término el sacrificio". 3) "... los establecimientos dedicados a la recogida de animales abandonados habrán de estar inscritos en el registro creado al efecto..."
Art. 14. "Principio general. Todas las administraciones públicas en el territorio de Galicia habrán de cooperar en el desarrollo de las medidas de defensa y protección de los animales y en la denuncia ante los órganos competentes de cualquier actuación contraria a lo dispuesto en esta Ley".
Art.16 "... Compete al Alcalde la responsabilidad superior en la defensa y protección de los animales en el ámbito de cada municipio..."
Art. 22: "Son infracciones muy graves: a) el maltrato de los animales que les cause la muerte"•
Conclusiones: Es de una claridad meridiana que el espíritu y el objetivo de los legisladores es una situación ideal en la que, en contraprestación a su compañía, afecto, trabajo e historia compartida, se imponga y aplique una situación de defensa y bienestar para los animales que contempla la ley;como puede comprenderse, están incluidos los perros.
Es de una claridad meridiana que el Ayuntamiento de O Carballiño, primero por omisión y luego por acción directa, ha vulnerado gravemente el objetivo y la aplicación de la Ley de protección de animales en Galicia, con resultado no sólo de muerte, sino de muchas muertes gratuitas y presuntamente realizadas con crueldad de medios y de fines. Por supuesto, vulnerando criterios medioambientales tan básicos como el derecho de las personas a un entorno cuidado y saludable, al utilizar el sistema de abandonar cadáveres múltiples al aire libre en una zanja. E, igualmente, ha vulnerado el derecho que tienen los gallegos y el resto del país, como ciudadanos europeos que son a que se respete su derecho a ser personas civilizadas, progresistas, avanzadas en materia de protección al planeta, al medio ambiente y a su propia tierra y no ver su espíritu, su intelecto y su comprensión de las cosas avasalladas por situaciones de crueldad y desprecio extremo por la vida animal. Como ciudadanos europeos, reivindicamos el derecho prioritario a considerar que toda vida tiene derecho a la vida, tanto más cuanto está protegida por las leyes.
Pedimos su intervención, en cualquier medio y forma que esté en su mano, para pedir que los hechos a que se hace referencia sean debidamente investigados, públicamente aclarados y se depuren todas las responsabilidades existentes, con la aplicación de las sanciones y medios legales que en la más estricta legalidad correspondan. Y que, bajo ningún concepto, estos hechos puedan ser, o se pretenda que sean, olvidados.
Estas manifestaciones son compartidas por las Asociaciones abajo firmantes.
ASOCIACIONES FIRMANTES DE ESTA DECLARACIÓN:
ACUDAME
Spapasm Albuixech Valencia
Animacoruña
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